miércoles, 6 de febrero de 2008

TEMA 8 ASPECTOS LEGALES REFERENTE A LAS VACACIONES

Las vacaciones es uno de los derechos con los que cuentan los trabajadores, este derecho es adquirido por todo trabajador una vez que haya cumplido un año de trabajo ininterrumpido para un mismo patron, por lo que podra disfrutar por un período de 15 días habiles, más un día adicional luego del primer año.
En caso que se termine la relacion laboral antes de cumplir el año corresponde el pago del las vacaciones.
Si la relación laboral termino por causa distinta al despido justificado, el trabajador tiene el derecho a que se le pague el equivalente a la remuneración que le hubiere correspondido, y será la proporción a los meses laborados. Esto es lo que llaman vacaciones fraccionadas.

VACACIONES COLECTIVAS

Cuando se otorgan vacaciones colectivas, suspendiendo las operaciones de la empresa por determinado numero de dias, esto son imputables a los dias de vacaciones anuales que le correspondan al trabajador, en lel caso que el trabajador no halla cumplido el año ininterrumpido, este lapso será para él un descanso remunerado.
Llegando el día que le corresponda al trabajador el disfraute de sus vacaciones el empleador esta en la obligación de pagarle ademas de su salario correspondiente una bonificación equivalente a 7 días de salario más 1 día por cada año ininterrumpido de trabajo hasta un maximo de 21 día de salario.

LAS VACACIONES SE CALCULAN EN BASE A:

Se toma en cuenta el salario devengado por el trabajador en el momento del efectivo disfrute en lugar del salario del mes anterior al monto en que nacio el derecho.

VACACIONES A LOS TRABAJADORES DOMESTICOS:

Los trabajadores domesticos gozan de este derecho, por un período remunerado de 15 días.

ACUMULACION DE VACACIONES

Si no se disfruta de las vacaciones el primer año se pueden acumular, se podra retrasar el goce de sus vacaciones, hasta un maximo de 3 periodos siempre que sea conveniente para el solicitante.

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